El fiscal federal de Puerto Iguazú Fabián Martínez desestimó la denuncia por el presunto ingreso irregular de Flávio Bolsonaro a la Argentina, pero su decisión será examinada por una fiscalía de revisión. En paralelo, en Buenos Aires, la jueza María Eugenia Capuchetti ordenó preservar filmaciones y pedir informes sobre el paso del senador brasileño por el país antes de su viaje a Estados Unidos.
Los dos expedientes tienen alcances distintos. La decisión de la fiscalía de Misiones no cierra de manera firme todas las actuaciones sobre el episodio ni resuelve las posibles responsabilidades de funcionarios nacionales que se analizan en Comodoro Py.
Qué decidió la fiscalía de Puerto Iguazú
Según informaron La Nación e Infobae a partir de fuentes judiciales, Martínez consideró que los informes recibidos no mostraban impedimentos para el ingreso y la salida de Bolsonaro ni irregularidades en los controles migratorios y aduaneros. El criterio será analizado por la instancia de revisión del sistema acusatorio federal vigente en Misiones.
La presentación de la diputada Marcela Pagano había pedido investigar las circunstancias del cruce fronterizo. La decisión conocida corresponde a esa jurisdicción: no debe confundirse con una sentencia sobre la situación judicial de Bolsonaro en Brasil.
En Comodoro Py se preservan registros
Capuchetti interviene en otra denuncia, presentada por Gabriel Solano contra Javier Milei y funcionarios de su Gobierno por una presunta colaboración irregular en el traslado. A pedido de la fiscal Paloma Ochoa, dispuso medidas preliminares para establecer si existían impedimentos de ingreso o comunicaciones oficiales sobre las restricciones judiciales brasileñas.
La jueza ordenó preservar registros fílmicos del puente internacional Tancredo Neves y del aeropuerto de Puerto Iguazú. Preservar las imágenes busca impedir que se pierdan: no equivale a que todo ese material ya haya sido entregado al juzgado. Las medidas preceden a la decisión fiscal sobre el impulso de la acción penal, según la información judicial publicada.
La reforma migratoria del propio Gobierno
La discusión no se agota en la ausencia de una alerta de Interpol. El Gobierno de Milei modificó la Ley de Migraciones mediante el DNU 366/2025. El artículo 29 incluye entre los impedimentos de ingreso y permanencia la “omisión de informar sobre la existencia de antecedentes penales, condenas o requerimientos judiciales”. También contempla condenas y antecedentes en la Argentina o en el exterior por delitos con determinada pena en la legislación argentina.
La norma define qué entiende por antecedente: menciona el auto de procesamiento, el cierre de la investigación penal preparatoria con requisitoria de citación a juicio, la elevación a juicio o actos procesales equiparables. Por eso, la existencia de una investigación abierta, un requerimiento judicial y una condena no son categorías intercambiables.
Para determinar si correspondía aplicar alguno de esos impedimentos en este caso es necesario establecer el estado procesal de las actuaciones brasileñas, qué requerimientos pesaban sobre el senador, qué información declaró al ingresar y qué conocían las autoridades argentinas. La ausencia de una orden de captura internacional no responde por sí sola esas preguntas migratorias.
Los procesos en Brasil
La BBC Brasil y la agencia pública Agência Brasil describieron investigaciones en el Supremo Tribunal Federal sobre presunto lavado de dinero vinculado con el abogado Willer Tomaz y sobre la financiación de la película Dark Horse, dedicada a Jair Bolsonaro. La investigación de la película está suspendida, según la BBC. En el expediente vinculado con Tomaz se dispuso la entrega de los pasaportes y la prohibición de salir de Brasil. Bolsonaro negó ante la prensa brasileña las irregularidades que se le atribuyen.
Los recuentos periodísticos de cinco frentes judiciales incluyen otros expedientes y antecedentes procesales de distinto estado. Ese número no acredita, por sí mismo, cinco impedimentos de ingreso bajo la ley argentina. La comparación exige los actos judiciales concretos y su eventual equivalencia con las categorías del artículo 29.
El Gobierno argentino sostuvo que Bolsonaro presentó documentación válida y no registraba impedimentos de ingreso. El examen de esa actuación debe distinguir el criterio de la fiscalía de Iguazú, su revisión pendiente y las diligencias preliminares de Buenos Aires.
Fuentes consultadas: La Nación e Infobae, información judicial; DNU 366/2025, artículo 8 y Ley de Migraciones, texto actualizado; BBC Brasil y Agência Brasil, investigaciones brasileñas; Clarín, recuento de cinco frentes judiciales; Clarín, orden de preservación de imágenes.




