La Secretaría de Transporte aprobó el pago de $38.840.841.807 a las empresas de colectivos por diferencias de recaudación acumuladas entre junio y septiembre de 2026. La Resolución 80/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, también actualiza los costos reconocidos para calcular las compensaciones de los servicios urbanos y suburbanos de jurisdicción nacional.
La medida alcanza al sistema nacional del Área Metropolitana de Buenos Aires y a los servicios comprendidos en las unidades administrativas previstas por la normativa. No establece un nuevo cuadro de tarifas para los pasajeros: regula los costos y los subsidios que reciben los operadores.
Qué períodos comprende
La resolución aprueba los cálculos de octubre, noviembre y diciembre de 2026 y enero de 2027. El correspondiente a enero seguirá aplicándose en los meses siguientes hasta que se apruebe una nueva actualización.
El pago retroactivo es un concepto separado de esas compensaciones mensuales. El artículo 6 autoriza el diferencial de junio a septiembre y dispone que se abonará según las condiciones que Transporte comunique a la Dirección Nacional de Gestión de Fondos Fiduciarios.
GNC y colectivos eléctricos
El nuevo esquema incorpora al cálculo las inversiones para instalar o adecuar infraestructura de abastecimiento de gas natural comprimido y recarga eléctrica. También contempla el costo financiero de comprar o reconvertir unidades hacia esas tecnologías.
La evaluación técnica toma el costo de operación por kilómetro y no solamente el precio del combustible o de la electricidad. En los fundamentos de la medida, Transporte señala que la comparación debe considerar infraestructura, financiamiento, rendimiento y mantenimiento.
La actualización incluye el acuerdo salarial del sector del 22 de julio, homologado en agosto, y revisiones de insumos como combustibles, seguros y vigilancia.
Cómo se financia
Las compensaciones se afrontarán con recursos del Sistema Integrado de Transporte Automotor (SISTAU), provenientes de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, y con partidas presupuestarias transferidas al fideicomiso administrado por el Banco Nación.
La decisión llega después del reclamo de las cámaras empresarias por el desfasaje de los costos y las advertencias de recortes nocturnos.
Fuente: Boletín Oficial, Resolución 80/2026 de la Secretaría de Transporte, páginas 47 a 52.



