Los jubilados y pensionados de menores ingresos cobrarán en noviembre un bono de hasta $70.000. El Gobierno lo dispuso mediante el Decreto 1296/2026, que establece quiénes reciben el monto completo y cómo se calcula el refuerzo para quienes superan el haber mínimo.
El bono se liquida por titular. Para determinar su importe, ANSES suma los haberes de todas las prestaciones previsionales vigentes de cada persona. Quienes cobran una jubilación y una pensión, por ejemplo, tendrán que considerar la suma de ambas para saber si les corresponde el pago completo o una parte.
Quiénes cobran el bono completo
El refuerzo de $70.000 corresponde a quienes, por la suma de sus prestaciones, perciban un monto igual o inferior al haber mínimo previsional garantizado. Alcanza a jubilaciones y pensiones contributivas que paga ANSES bajo el régimen nacional y los regímenes provinciales o municipales transferidos a la Nación comprendidos en el decreto.
También están incluidos los titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), las pensiones no contributivas por vejez e invalidez, las de madres de siete hijos o más y las demás pensiones no contributivas y graciables cuyo pago está a cargo de ANSES.
Cómo se calcula para quienes superan la mínima
Quienes tengan ingresos previsionales superiores a la jubilación mínima recibirán el importe necesario para alcanzar el tope formado por la mínima más $70.000. El monto del bono disminuye a medida que aumenta el haber, hasta llegar a cero en ese límite.
Una persona cuya jubilación supere la mínima en $20.000 recibirá un bono de $50.000. Si la supera en $60.000, le corresponderán $10.000. Quien ya cobre una suma igual o mayor al haber mínimo más $70.000 quedará fuera del refuerzo.
El decreto exige que el beneficio esté vigente en noviembre, el mes en que se realizará la liquidación. Para las pensiones compartidas, todos los copartícipes se consideran un único titular a los efectos de este bono.
El pago tiene carácter no remunerativo, queda libre de descuentos y no se computa para otros conceptos. ANSES está facultada para dictar las normas necesarias para su administración y liquidación.
Fuentes: Decreto 1296/2026, texto completo y La Nación.

