La Corte Suprema dejó firme la condena a ocho años de prisión para Aníbal Lotocki por estafa y lesiones graves a Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi. El médico también quedó inhabilitado para ejercer su profesión durante diez años.
El máximo tribunal declaró inadmisible la queja de la defensa contra la sentencia que había confirmado la pena. La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti y cerró la vía de apelación que había llevado el caso a la Corte.
Qué se juzgó
El expediente examinó las intervenciones estéticas realizadas a las cuatro mujeres. Los tribunales tuvieron por acreditado que Lotocki les aplicó un producto con microesferas de polimetilmetacrilato, conocido como PMMA, en zonas y cantidades no aconsejadas. Esas aplicaciones provocaron granulomas y lesiones en su salud.
La primera sentencia, dictada en febrero de 2022, impuso cuatro años de prisión. Después de las apelaciones de la fiscalía y las querellas, Casación elevó la pena a ocho años al incorporar la estafa y amplió de cinco a diez años la inhabilitación profesional. La defensa reclamaba la absolución.
Silvina Luna murió en agosto de 2023, después de padecer graves problemas de salud y someterse a diálisis. La condena que quedó firme corresponde al expediente por las lesiones de las cuatro pacientes; la investigación por la muerte de la modelo tramita por separado.
Alcance del rechazo
La Corte aplicó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, que permite declarar inadmisible un recurso extraordinario. En su voto, Lorenzetti recordó que ese rechazo deja en pie la sentencia anterior sin implicar una nueva evaluación de sus fundamentos.
Lotocki permanece detenido y afronta otro juicio ante el Tribunal Oral en lo Criminal 17 por la muerte de Christian Zárate, un paciente que falleció tras una intervención practicada en abril de 2021 en el Centro Médico Conde.
Fuentes: La Nación y TN: resolución y alcance del artículo 280.




