# Flávio Bolsonaro anunció que impugnará las elecciones ¿Qué podría pasar?

Publicado: 2026-10-25 · Autor: Redacción Cíclico · Foto: Noticias Argentinas · Nota original: https://somosciclico.com/nota/flavio-bolsonaro-anuncio-que-impugnara-las-elecciones-que-podria-pasar/

Flávio Bolsonaro anunció este domingo por la noche que no reconoce el resultado del balotaje y que su equipo jurídico pedirá la anulación de la elección que consagró la reelección de Luiz Inácio Lula da Silva. «Las elecciones deberían haber sido anuladas. Es imposible reconocer el resultado», dijo el senador, según publicó G1. Y agregó: «Vamos a usar nuestro jurídico, vamos a pedir la anulación de estas elecciones».

En la misma declaración, el senador calificó el proceso electoral de «sacanagem» y apuntó contra el ministro Cristiano Zanin, del Supremo Tribunal Federal (STF), que el domingo ordenó extender la votación hasta las 19 horas en todo el país: «Un ministro de la Corte Suprema, por primera vez en la historia, exabogado de Lula, da un plumazo a pedido de un exsocio suyo y cambia la regla del juego en medio del juego», dijo. También habló de «una quiebra total de isonomía» entre estados.

El proceso tuvo el aval del presidente del Tribunal Superior Electoral (TSE), Kassio Nunes Marques, que habló de la «absoluta seguridad de todo el proceso electoral», y del procurador general de la República, Paulo Gonet Branco, también procurador general electoral, que afirmó: «La democracia se fortalece cuando se cumplen las reglas. El respeto a la voluntad manifestada en las urnas fortalece las instituciones democráticas».

Al cierre de esta nota, las fuentes consultadas no acreditan la presentación de un escrito judicial: el anuncio es, por ahora, una declaración de intención. Qué puede pedir, ante quién y qué pasaría si prospera depende de la ley electoral brasileña y de la Constitución.

## Qué exige la ley para anular

El Código Electoral (Lei 4.737/1965) exige probar una nulidad concreta. Su artículo 220 enumera cuándo la votación de una sección es nula e incluye el supuesto de votación «realizada en día, hora o lugar diferentes del designado, o cerrada antes de las 17 horas». Pero el artículo 219 ordena al juez abstenerse de pronunciar nulidades «sin demostración de perjuicio», agrega que la nulidad no puede pedirla ni aprovecharla la parte que le dio causa, y exige que la nulidad esté probada ante el órgano escrutador.

Entre analistas brasileños circula el argumento de que muchas mesas cerraron a las 17, el horario original, porque la orden de extensión hasta las 19 llegó tarde, dejando sin votar a quienes llegaron después. Si ese cierre encuadra como nulidad electoral y si hubo perjuicio demostrable son cuestiones que correspondería valorar a la Justicia Electoral sobre un pedido concreto, dado que el horario no era simplemente «el designado» por la ley sino que había sido modificado por una decisión judicial vigente del propio STF.

## Ante quién se presenta y quién decide

Depende del objeto del pedido:

- **Contra el escrutinio, el resultado o la entrega de diplomas:** el Tribunal Superior Electoral. El Código Electoral le atribuye competencia originaria sobre «las impugnaciones del escrutinio del resultado general, proclamación de los electos y expedición del diploma en la elección de presidente y vicepresidente» (art. 22, I, «g»). Una decisión que implique anulación general de elecciones solo puede tomarla el TSE en pleno (art. 19).

- **Contra la validez de la orden del ministro Zanin:** el propio STF. La liminar que extendió la votación es un acto de un ministro del Supremo; revisarla o confirmarla corresponde a ese tribunal, no al TSE.

- **Contra una decisión del TSE:** la Constitución (art. 121, § 3º) dice que las decisiones del TSE son irrecurribles «salvo las que contraríen esta Constitución y las denegatorias de habeas corpus o mandado de seguridad». Es decir, la revisión constitucional de una decisión del TSE puede llegar al STF por recurso extraordinario.

- **Después de la diplomação** (la ceremonia en la que el TSE acredita a los electos, prevista para diciembre): cabe la Acción de Impugnación de Mandato Electivo (AIME), prevista en la Constitución (art. 14, § 10). El mandato puede impugnarse ante la Justicia Electoral dentro de los 15 días de la diplomação, con pruebas de abuso de poder económico, corrupción o fraude.

El TSE ya tiene pendientes ocho acciones contra la fórmula de Flávio y siete contra la de Lula (las llamadas AIJE, por presuntos abusos de campaña), presentadas antes del balotaje. Son expedientes distintos del recurso anunciado este domingo: en ellas, una condena puede conllevar la casación del registro o del diploma de la fórmula beneficiada y la inelegibilidad por ocho años de los responsables (Lei Complementar 64/90, art. 22).

## Qué puede ordenar la Justicia si prospera

**1. Elección suplementaria en algunas secciones (Código Electoral, art. 212).** Si los votos de las secciones anuladas y de aquellas cuyos electores fueron impedidos de votar pudieran alterar la clasificación, el TSE ordena votar de nuevo solo en esas secciones. La norma agrega que los candidatos «solo serán diplomados después de realizadas las elecciones suplementarias».

**2. Elección «perjudicada» por nulidad masiva (art. 224).** Si la nulidad alcanza más de la mitad de los votos del país en una elección presidencial, se juzgan perjudicadas las demás votaciones y el TSE marca una nueva elección nacional entre 20 y 40 días después.

**3. Casación del diploma o del mandato.** Si la Justicia Electoral casa el diploma de la fórmula electa (presidente y vice se consideran una unidad), se convoca a nuevas elecciones. El Supremo fijó la regla vigente en 2018 (ADI 5525 y 5619): la casación se ejecuta con la decisión final de la Justicia Electoral, sin esperar el tránsito en julgado. Para la vacancia de ambos cargos durante el mandato, la Constitución (art. 81) manda a elección directa 90 días después de abierta la vacancia (la elección indirecta por el Congreso en 30 días solo aplica si la vacancia ocurre en los dos últimos años del mandato), y quien resulte electo completa el período de sus antecesores; en el ínterin asume, en orden, el presidente de la Cámara de Diputados, luego el del Senado y luego el del STF (art. 80). Si la casación ocurriera antes de la toma de posesión, no es posible establecer a partir de la información disponible quién ejercería la presidencia en ese intervalo: sin un recurso y una resolución concretos, ese escenario queda abierto.

**El segundo no asume automáticamente.** La anulación no proclama al candidato derrotado: la elección suplementaria repone la votación en las secciones afectadas (donde la clasificación puede cambiar por el voto), la nulidad masiva convoca a una nueva elección nacional y la casación del diploma abre nueva elección.

Presentar el pedido tampoco cambia nada por sí solo: no hay suspensión automática del proceso. El efecto suspensivo existe solo en recursos específicos (por ejemplo, el recurso ordinario contra una decisión que case un registro o decrete la pérdida de un mandato, según el art. 257 del Código Electoral) o si un juez lo ordena expresamente. La toma de posesión del electo está prevista por la Constitución, con la reforma de 2021, para el 5 de enero de 2027.

## Precedentes en Brasil y en el mundo

En Brasil no hay antecedente de anulación de una elección presidencial desde la redemocratización. Lo más cercano: en 2022 el PL pidió una verificación extraordinaria de las urnas del segundo turno y el entonces presidente del TSE, Alexandre de Moraes, lo rechazó de plano por ineptitud y falta de indicios, con una multa de 22,9 millones de reales por litigancia de mala fe que el pleno del TSE confirmó. En 2017 el TSE juzgó el pedido de casación de la fórmula Dilma Rousseff-Michel Temer por abuso de poder y la absolvió por 4 votos a 3. A nivel municipal, en cambio, las elecciones suplementarias por anulaciones judiciales son frecuentes.

Entre los antecedentes de elecciones presidenciales anuladas por vía judicial están:

- **Ucrania 2004:** la Corte Suprema anuló la segunda vuelta que daba ganador a Víktor Yanukóvich y ordenó repetirla; ganó Víktor Yúschenko.

- **Austria 2016:** el Tribunal Constitucional anuló el balotaje presidencial por infracciones en el voto postal; en la repetición volvió a ganar Alexander Van der Bellen.

- **Kenia 2017:** la Corte Suprema anuló la reelección de Uhuru Kenyatta, la primera anulación presidencial judicial en África, y ordenó una nueva votación en 60 días.

- **Malaui 2020:** el Tribunal Constitucional anuló la elección que reelegía a Peter Mutharika por irregularidades generalizadas; en la repetición ganó la oposición.

- **Rumania 2024:** el Tribunal Constitucional anuló por unanimidad toda la primera vuelta tras documentos de inteligencia sobre una operación de influencia extranjera, y el proceso electoral se reinició desde cero.

Los analistas electorales consultados por BBC Brasil ven la anulación como un pedido con encuadre jurídico posible pero de probabilidad remota. Entre los datos que citan: la diferencia fue de unos 4,3 millones de votos (Lula 51,7%, Flávio 48,2%, con el 99,96% escrutado), la abstención bajó del 21% al 19% entre la primera y la segunda vuelta, y ambas campañas pidieron extensiones horarias durante el domingo (la de Lula por el transporte en Bahía, la del PL por las lluvias en São Paulo).

**Fuentes**

- Constitución Federal, arts. 14 § 10 (AIME), 80 y 81 (sucesión y vacancia), 82 (inicio del mandato) y 121 § 3º (decisiones del TSE): [portal del STF](https://portal.stf.jus.br/constituicao-supremo/)

- Emenda Constitucional 111/2021 (mandato presidencial desde el 5 de enero): [Planalto](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/emendas/emc/emc111.htm)

- Código Electoral (Lei 4.737/1965), arts. 19, 22, 212 y 219 a 224 y 257: [texto consolidado en Planalto](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l4737compilado.htm) y [Código Eleitoral Anotado 2026 (PDF oficial del TSE)](https://www.tse.jus.br/institucional/catalogo-de-publicacoes)

- Lei Complementar 64/90, art. 22 (AIJE): [Planalto](https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/LCP/Lcp64.htm)

- AIME, plazo y requisitos: [TSE](https://temasselecionados.tse.jus.br/temas-selecionados/mandato-eletivo/acao-de-impugnacao-de-mandato-eletivo/prazo-para-a-propositura)

- ADI 5525 y 5619 (regla vigente tras la casación): [STF, 2018](https://noticias.stf.jus.br/postsnoticias/stf-conclui-julgamento-de-acoes-sobre-regras-da-minirreforma-eleitoral/)

- Rechazo del pedido del PL en 2022 y multa por litigancia de mala fe: [TSE](https://www.tse.jus.br/comunicacao/noticias/2022/Novembro/moraes-condena-coligacao-pelo-bem-do-brasil-por-litigancia-de-ma-fe-e-aplica-multa-de-r-22-9-milhoes) y [confirmación del pleno](https://www.tse.jus.br/comunicacao/noticias/2022/Dezembro/tse-confirma-multa-de-r-22-9-milhoes-ao-pl-por-litigancia-de-ma-fe)

- Casación de la fórmula Dilma-Temer rechazada 4 a 3 (2017): [TSE](https://www.tse.jus.br/comunicacao/noticias/2017/Junho/por-4-votos-a-3-plenario-do-tse-decide-pela-nao-cassacao-da-chapa-dilma-e-temer)

- Kenia 2017: [fallo de la Corte Suprema](https://new.kenyalaw.org/akn/ke/judgment/kesc/2017/32/eng@2017-09-01)

- Malaui 2020: [fallo del Tribunal Constitucional](https://malawilii.org/akn/mw/judgment/mwhc/2020/2/eng@2020-02-03)

- Ucrania 2004: [decisión de la Corte Suprema](https://zakon.rada.gov.ua/laws/show/n0091700-04)

- Austria 2016: [comunicado del Tribunal Constitucional](https://www.vfgh.gv.at/medien/Run_Off_Election_of_the_Federal_President_must_be_re.en.html)

- Rumania 2024: [comunicado del Tribunal Constitucional](https://www.ccr.ro/comunicat-de-presa-6-decembrie-2024/)

- Declaraciones de Flávio Bolsonaro: [G1](https://g1.globo.com/politica/eleicoes/2026/noticia/2026/10/25/flavio-resultado-segundo-turno.ghtml)

- Acciones pendientes en el TSE: [G1](https://g1.globo.com/politica/noticia/2026/10/25/disputa-judicial-entre-lula-e-flavio-bolsonaro-vai-se-arrastar-para-depois-das-eleicoes-entenda.ghtml)

- Análisis de especialistas y datos del escrutinio: [BBC Brasil](https://www.bbc.com/portuguese/articles/cqdjvnppkdnyo)
