El juez Martín Cormick, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, declaró inconstitucional el punto del Decreto 759/2025 que condicionaba la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Poder Ejecutivo cumplirla de inmediato.
La resolución hizo lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras universidades, junto con la causa de la Universidad de Buenos Aires. El fallo es de primera instancia: no debe confundirse con una sentencia firme.
El alcance de la decisión
Según el fallo citado por Noticias Argentinas y Agencia DIB, la declaración se refiere a la mención «sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 24.629» incluida en el decreto. Ese mecanismo había atado la ejecución de la ley a la determinación de fuentes de financiamiento y partidas presupuestarias.
Cormick ordenó el «cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin».
El magistrado consideró que, después de que el Congreso rechazara el veto presidencial con las mayorías requeridas, el Ejecutivo no podía promulgar la norma y suspender su aplicación mediante esa condición.
La disputa por el presupuesto
La ley contempla fondos para el funcionamiento de las universidades y la recomposición de los salarios docentes y no docentes. El juez entendió que el decreto había funcionado como un «mecanismo extraconstitucional» para bloquear una norma sostenida por el Congreso.
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