# Adorni: Pollicita pidió pasar la causa por enriquecimiento ilícito a Penal Económico

Publicado: 2026-11-06 · Autor: Redacción Cíclico · Foto: Archivo de Cíclico / autor no informado · Nota original: https://somosciclico.com/nota/adorni-pollicita-pidio-pasar-la-causa-por-enriquecimiento-ilicito-a-penal-economico/

El fiscal federal **Gerardo Pollicita pidió que la causa sobre el patrimonio de Manuel Adorni pase a la Justicia Nacional en lo Penal Económico para investigar una posible evasión tributaria**. Su planteo sostiene que la prueba reunida no permite mantener la hipótesis de un enriquecimiento ilícito durante el paso del exjefe de Gabinete por el Estado porque no pudo refutarse la versión de inversiones en bitcoin anteriores al cargo. El pedido quedó a resolución del juez Ariel Lijo.

El punto que merece escrutinio está en el alcance de esa conclusión: **no haber podido desacreditar una explicación no equivale a haber reconstruido de manera completa el origen del dinero**. La cobertura de Infobae, que informó haber accedido al dictamen, describe esa distancia entre lo que verificó la pericia y lo que sigue sin poder establecerse. Cíclico no accedió al documento completo; los detalles del razonamiento fiscal que se desarrollan a continuación se apoyan en esa cobertura, contrastada con el trámite informado por Clarín, TN y Minutouno.

## Qué probaron las claves de bitcoin y qué no

La defensa de Adorni atribuyó los fondos cuestionados a operaciones realizadas entre 2014 y 2018 con ocho direcciones de bitcoin de autocustodia. Sostuvo que invirtió cerca de US$200.000 y que la liquidación de los activos produjo **US$591.544,61**, que luego conservó en efectivo.

Según el detalle publicado del dictamen, la verificación criptográfica comprobó que la defensa tenía las claves para firmar mensajes válidos en esas ocho direcciones al momento de la diligencia. También se constató que las direcciones tuvieron actividad entre 2014 y 2018 y que ya no tenían saldo.

**Eso acredita acceso actual, no identifica por sí solo a quien controló las billeteras durante aquellos años.** El informe técnico de la Policía Federal reseñado por Infobae advierte que la cadena de bloques no permite establecer quién tuvo una clave privada en un momento determinado ni desde cuándo pudo utilizarla. Tampoco se reconstruyeron con certeza todas las contrapartes, los lugares y las condiciones de las operaciones.

La limitación no apareció recién ahora. El 2 de octubre, La Nación informó que el procedimiento inicial había establecido el control presente de las claves, pero no su titularidad histórica. Por eso Pollicita pidió un informe de 29 puntos sobre los movimientos y las posibilidades técnicas de rastrearlos. La cobertura actual señala que, para la Fiscalía, las limitaciones de esa reconstrucción no permiten confirmar definitivamente el relato de Adorni, pero tampoco descartarlo.

## Ingresos posibles no son ahorros demostrados

Otro componente del razonamiento fiscal fue la reconstrucción de ingresos previos de Adorni y su esposa, Bettina Angeletti. Según el dictamen reseñado, los registros de ANSES y ARCA sumaron remuneraciones equivalentes a unos US$335.000 hasta 2014 y US$493.000 hasta 2018, convertidas al tipo de cambio oficial promedio de cada año.

Esas cifras no representan automáticamente dólares comprados o ahorrados. La misma cobertura señala que la Fiscalía reconoció que el cálculo **no prueba la inversión en bitcoin ni reconstruye todos los gastos de subsistencia del matrimonio**. Pollicita lo utilizó para considerar económicamente posible la inversión alegada, no como una trazabilidad completa del dinero que luego se aplicó a propiedades y consumos.

La distinción importa frente a los montos que habían motivado la intimación patrimonial: erogaciones por US$402.578,12, con US$374.081,66 abonados en efectivo, y una diferencia de $43.068.549 entre ingresos lícitos comprobados y gastos, adquisiciones y cancelaciones de deudas, de acuerdo con la reconstrucción publicada por Infobae. Entre las operaciones examinadas estuvieron las viviendas de Indio Cuá y Caballito, sus reformas, viajes y compras realizadas mediante terceros.

## La cuestión legal y lo que pidió el fiscal

El artículo 268(2) del Código Penal sanciona a quien, debidamente requerido, no justifica la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable ocurrido después de asumir un cargo público y hasta dos años después de dejarlo. Esa ubicación temporal explica por qué la versión de ahorros anteriores al ingreso al Gobierno resulta central en el planteo de Pollicita.

El texto legal incluye el aumento de bienes y también la cancelación de deudas. No enumera como requisito identificar un soborno concreto. Por eso conviene distinguir el origen y el momento de formación del patrimonio de otra afirmación del fiscal, reproducida por Infobae: que la investigación no logró vincular los fondos con un acto funcional, una contraprestación o una fuente ilícita asociada al cargo.

En su pedido al juez, citado de manera coincidente por Clarín y Minutouno, Pollicita solicitó que se declare la incompetencia del fuero federal por razón de la materia y se remitan las actuaciones al fuero Penal Económico para sortear el juzgado que deba intervenir. En las fuentes revisadas al cierre no se encontró una resolución de Lijo que hubiera aceptado esa remisión.

## Los fondos no declarados siguen bajo sospecha fiscal

El pedido de cambio de fuero mantiene abierta una línea sobre ingresos y bienes que habrían quedado fuera de las declaraciones tributarias. Según la reseña del dictamen, deben examinarse los ingresos profesionales destinados a la compra de bitcoin, su venta, la tenencia de dólares no declarados, diferencias con información entregada a Binance y préstamos cuya entrega efectiva de fondos no habría sido acreditada.

Pollicita también pidió extraer testimonios para analizar las conductas de Leandro Miano, Pablo Feijoo y Matías Tabar por operaciones que habrían quedado fuera del control impositivo, y remitir actuaciones al Colegio de Escribanos porteño para evaluar la intervención de Adriana Mónica Nechevenko, de acuerdo con Infobae.

El paso pendiente es la decisión de Lijo sobre la competencia. El punto de fondo que deja el razonamiento publicado es otro: **la Fiscalía considera que no puede sostener el enriquecimiento durante la función pública, aunque la reconstrucción técnica tampoco confirma toda la historia de los fondos que propuso la defensa**.

**Fuentes:** [Minutouno](https://www.minutouno.com/politica/caso-manuel-adorni-el-fiscal-gerardo-pollicita-no-se-pudo-corroborar-enriquecimiento-ilicito-n6342404); [Infobae, detalle del dictamen](https://www.infobae.com/judiciales/2026/11/06/para-el-fiscal-gerardo-pollicita-no-hay-elementos-suficientes-para-sostener-que-manuel-adorni-se-enriquecio-ilicitamente/); [Clarín](https://www.clarin.com/politica/fiscal-pollicita-considero-elementos-sostener-enriquecio-forma-ilicita_0_erDBYvcjca.html); [TN](https://tn.com.ar/politica/2026/11/06/el-fiscal-considero-que-no-hay-elementos-para-acusar-a-adorni-por-enriquecimiento-ilicito-pero-pidio-investigar-posible-evasion/); [La Nación, alcance de la verificación inicial](https://www.lanacion.com.ar/politica/la-fiscalia-busca-determinar-si-las-claves-secretas-de-adorni-prueban-que-las-criptomonedas-le-nid02102026/); [Código Penal, texto publicado por la Suprema Corte bonaerense](https://www.scba.gov.ar/servicios/declaracionesjuradas/Art.%20268%20C%C3%B3digo%20Penal%20y%20concordantes.pdf).
