La Secretaría de Energía publicó este miércoles en el Boletín Oficial la Resolución 293/2026, que modifica tres puntos de las reglas del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM): cómo declaran sus costos las centrales térmicas, cuánta energía pueden vender por contratos directos y cómo ingresan los grandes usuarios al mercado. Es una nueva etapa de las «Reglas para la Normalización del MEM» aprobadas en octubre de 2025 por la Resolución 400/25.
Qué cambia y cómo funciona
Costos de las centrales. Las centrales térmicas que gestionan su propio combustible declaran un Costo Variable de Producción (CVP), que se usa para ordenar el despacho a mínimo costo. Hoy esa declaración tiene un piso y un techo respecto de un valor de referencia. En 2026 los límites se mantienen. En 2027 el piso baja al 50% de la referencia y el techo al 17,5% por encima; desde 2028, el piso será del 25% y el techo del 10%.
Contratos directos. Las centrales de generación térmica e hidroeléctrica al Spot con ingreso anterior al 1 de enero de 2025 podrán vender por contratos bilaterales hasta el 20% de su producción mensual hasta el 31 de marzo de 2027, hasta el 60% desde el 1 de abril de 2027 y hasta el 80% desde el 1 de abril de 2028. Desde el 1 de enero de 2029 no habrá límite porcentual.
Grandes usuarios. El ingreso de grandes usuarios mayores y menores (GUMA y GUME) deja de tramitarse por ventanas trimestrales y pasa a ser mensual. El nuevo procedimiento rige desde el 1 de diciembre de 2026 y el primer ingreso será en enero de 2027. Ya no se exige la copia sellada de la nota enviada a la distribuidora. La Secretaría publicará las solicitudes en el Boletín Oficial durante dos días hábiles, y si hay objeciones fundadas resolverá el ENReGE en 20 días corridos. El régimen alcanza a demandas de 300 kW o más de potencia contratada por punto de suministro.
Qué dice la resolución sobre su objetivo
Según sus considerandos, las medidas buscan fortalecer la competencia por el despacho, mejorar la disciplina económica de las ofertas y ampliar la libertad de elección y contratación de la demanda, sin cambiar el principio de despacho a mínimo costo.
Qué implica para los usuarios residenciales
La resolución regula a generadores, contratos entre privados y el ingreso de grandes usuarios. No incluye medidas sobre las tarifas de los hogares ni estima efectos sobre sus facturas.
Cómo es en otros países
En Chile, los clientes libres negocian el precio de la energía directamente con las generadoras. En diciembre de 2024 el Gobierno chileno bajó de 500 kW a 300 kW el límite de potencia para optar por ese régimen, según el Ministerio de Energía. En Brasil, desde enero de 2024 el mercado libre está abierto a todos los consumidores de alta tensión, unas 106.000 unidades, según informó G1 sobre la portaria del Ministerio de Minas y Energía.
Fuentes: Boletín Oficial, Ministerio de Energía de Chile y G1.
500 palabras
3 minutos de lectura
